El Comité Normativo de Consejos de Especialidades Médicas CONACEM ha publicado en su documento “Profesionalización de los procesos de evaluación de los Consejos de Especialidades Médicas”[1] el sustento conceptual del CONACEM y de los Consejos de Especialidades Médicas y señala al respecto: “… el Proceso de Certificación y Recertificación se basa precisameante en el conocimiento y las aptitudes de los Médicos Especialistas que libremente han solicitado ser examinados por los Consejos… les permite ser garantes de su preparación y calidad ante el propio médico, ante sus pares, ante los pacientes y de manera general ante la Sociedad…”
Desde la constitución del Consejo Mexicano de Anestesiología. A. C. en el año de 1973 hasta la fecha, han sido certificados más de 7000 médicos anestesiólogos los cuales deberán recertificarse cada 5 años de acuerdo a su Reglamento, Artículo quinto, Sección 5.1.
El objetivo de la recertificación de acuerdo con el artículo “The rol of physician Board Certification Status in the Quality Movement”[2] es mejorar la calidad de la salud, como un proceso de autorregulación que fomenta la actualización para disminuir la probabilidad de cometer errores médicos, tanto por carencia de factores de tipo cognitivo y, por fomentar la obtención de mayor solidez de los conocimientos académicos, tecnológicos y conductuales.
La actualización de los progresos en los avances científicos y tecnológicos lleva un ritmo acelerado, para estar al día, se requiere de actualización permanente para no quedar desfasado. El Académico Dr. Espinosa de los Reyes en su análisis de la Historia de la Medicina señala “…desde el Código de Hammurabi hace 4000 años existían 10 normas y 282 reglas que regulaban el ejercicio de la Medicina…” por esa misma razón el 12 de enero del 2006 gracias a la gestión del Dr. Norberto Treviño García como Coordinador y del Lic. Marco Antonio D’Stefano como asesor Jurídico del CONACEM se publicó la reforma, en el segundo párrafo del artículo 81, de la Ley General de salud cuyo texto dice: “para el registro de certificados de especialización expedidos por academias, colegios, consejos o asociaciones de profesionales de las disciplinas para la salud, las autoridades educativas competentes solicitarán la opinión de de la Secretaría de Salud. Si se tratare de certificados… o del registro de la recertificación de éstas, las autoridades ya señaladas también deberán solicitar la opinión del Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas”
En lo referente a la gran diversidad de puntos curriculares que cada Consejo pide para la recertificación, se acordó de acuerdo al primer taller impartido por el CONACEM “Regulación de los procedimientos de evaluación de los Consejos” considerar la ponderación de la siguiente manera:
· Ejercicio profesional hospitalario público o privado: 40%
· Educación Médica Continua, docencia e investigación: 50%
· Afiliación gremial (cargos directivos en sociedades médicas: 10%
MODALIDADES DE RECERTIFICACIÓN
Curricular: se debe efectuar a más tardar dentro de los tres meses posteriores al vencimiento de la vigencia del último diploma de Certificación o Recertificación
Evaluación sumativa: cuando el plazo para recertificarse curricularmente ha expirado. Se realiza a través de un examen escrito, basado en casos clínicos problemas que evalúan las diferentes alternativas de solución y la toma de decisiones. La puntuación del examen será promediada con las actividades curriculares.
REQUISITOS PARA OBTENER EL DIPLOMA DE RECERTIFICACIÓN
Presentar en original:
· Síntesis Curricular de actividades profesionales a partir de la última recertificación.
· Carta de recomendación del Jefe o encargado del Servicio de Anestesiología en donde realiza su práctica hospitalaria. Si es en instituciones públicas acompañar fotocopia del tarjetón de pago.
Presentar en fotocopias legibles por ambos lados de:
· Diploma de Certificación o última de recertificación
· Constancia de cursos de actualización continua en Anestesiología mayores a 30 horas con los avales de alguna Institución de Educación Superior o del Consejo Mexicano de Anestesiología.
· Constancia de nombramiento oficial como profesor titular o adjunto de cursos universitarios.
· Reimpresos de artículos publicados en revistas biomédicas, capítulos en libros u otras formas de difusión. Generación de conocimientos como protocolos de investigación, exposición en carteles, ponencias en cursos nacionales o internacionales, sesiones generales de hospital o Colegios.
Fotografías (con nombre escrito al reverso con bolígrafo):
COSTO DE LA RECERTIFICACIÓN
$1,500.00 (Un mil quinientos pesos 00/100 M.N.) se pagarán a través de cinco parcialidades o anualidades de recuperación de $300.00 cada una.
COSTO DEL DIPLOMA DE RECERTIFICACIÓN EMITIDO POR EL CONACEM
$300.00 (Trescientos pesos 00/100 M.N.)
COSTO DEL EXAMEN DE RECERTIFICACIÓN
$1,500.00 (Un mil quinientos pesos 00/100 M.N.) se liquidan en el momento de la inscripción.
FECHAS DE EXÁMENES DE RECERTIFICACIÓN
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Las inscripciones para los exámenes se cierran 30 días antes de la fecha elegida.
PAGOS
Las cuotas de recertificación y valoración serán recibidas a través de cheques personales a nombre del Consejo Mexicano de Anestesiología, A. C. o por depósito bancario a la cuenta # 65501068979 del Banco Santander.
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[1] Impreso en julio del 2008. Reunión de Presidentes de los Consejos acompañados de los encargados de las evaluaciones el día 22 de septiembre de 2007 en el Auditorio de la Academia Nacional de Medicina
[2]Brennan TA el Al. Jama 2004; 292: 1038-1043.